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Indecopi multa con S/ 535 mil a Real Plaza Trujillo a seis meses de mortal desplome del techo

Indecopi impuso una multa de 100 UIT, equivalente a 535 000 soles, a la empresa Real Plaza, por no acreditar de manera oportuna y total el cumplimiento de las medidas cautelares dictadas para proteger a los consumidores afectados luego de la caída del techo del patio de comidas del centro comercial Real Plaza de Trujillo, el pasado 21 de febrero. Esta multa coercitiva impuesta mediante la Resolución Final N° 0590-2025/INDECOPI-LAL. es inapelable, conforme a lo contemplado en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, subrayó el Indecopi. Indecopi recordó que, entre las medidas cautelares ordenadas por la referida Comisión tras el lamentable hecho se dispuso:  el cierre temporal del establecimiento, la cobertura de gastos médicos de las víctimas, el pago de gastos de sepelio de los fallecidos y la identificación de posibles afectados indirectos. Sostuvo que, si bien el cierre temporal del centro comercial continúa vigente, la empresa no ha acreditado de manera adecuada y completa el cumplimiento de los demás mandatos, lo que motivó la referida sanción de 100 UIT. Indecopi precisó que, para levantar la medida de cierre temporal, Real Plaza deberá presentar un informe técnico estructural visado por el Colegio de Ingenieros del Perú, que garantice la seguridad de todas las edificaciones del centro comercial, así como un plan de contingencia para la remoción de los escombros producidos por la tragedia que asegure la protección de los consumidores. Según la Resolución Final N° 0590-2025/INDECOPI-LAL, además de sancionar a la empresa, se ordenó modificar las medidas cautelares para que Real Plaza reembolse los gastos médicos y de sepelio de las personas heridas y fallecidas que ya han sido plenamente identificadas por la Comisión durante el procedimiento.  Refirió que, ante esta decisión relacionada con las víctimas, Real Plaza presentó un recurso de apelación. Este será evaluado y resuelto por la Sala Especializada en Protección al Consumidor en el momento que corresponda, indicó. La resolución de Indecopi es pública y puede ser revisada aquí. 

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Piura: Detienen a exfuncionarios de Servando García por corrupción en Hospital de Huarmaca

La Policía Nacional y la Fiscalía anticorrupción de Piura detuvieron a cuatro exfuncionarios de la gestión regional de Servando García (2019-2022) que habrían concertado ilegalmente con el Consorcio Hospital Piura para favorecerlo con la licitación de la obra de mejoramiento y equipamiento del Hospital de Huarmaca, en la provincia de Huancabamba, en Piura. Los exfuncionarios regionales son investigados por el delito de colusión agravada, ya que se habrían aprovechado de la emergencia sanitaria por la pandemia de Covid-19 para hacer que el Gobierno Regional de Piura firme una adenda y realice el pago de S/ 815,198.42 a favor de dicho consorcio, por el equipamiento del Hospital de Huarmaca. Sin embargo, dicho equipamiento biomédico nunca fue entregado a la entidad regional. Los detenidos son: Saul Labán Zurita, exgerente de Infraestructura; Jim Merino, exabogado de la Oficina de Obras; Wilmer Vise, exgerente de Infraestructura; y Rodolfo Jiménez, exdirector de Obras. Con ellos también fueron detenidos cuatro empresarios: Miriam Acuña, exgerente general de Consac, empresa a cargo de la supervisión; Fernando Elías, en calidad de residente de obra; Diego Quispe, en calidad de jefe supervisor; y Moisés Salazar, en calidad de residente de obra. En total, la Fiscalía anticorrupción allanó de madrugada 18 inmuebles en Piura, Lima, Loreto, Lambayeque y Pasco de forma simultánea, como parte de la investigación a la red criminal denominada ‘Los sanitarios de la corrupción’.

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Tribunal colombiano ordena la inmediata libertad del expresidente Álvaro Uribe

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá ordenó la inmediata libertad del expresidente colombiano Álvaro Uribe (2002-2010), condenado en primera instancia a 12 años de prisión domiciliaria por un caso de sobornos a testigos, mientras se resuelve en segunda instancia la apelación a la sentencia. La Sala de Decisión Penal del Tribunal resolvió «amparar el derecho fundamental a la libertad individual del ciudadano Álvaro Uribe Vélez» y dejó sin efecto la decisión de la jueza Sandra Heredia, del Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá, que en la sentencia que le impuso a doce años de cárcel en régimen domiciliario había ordenado su «privación de libertad inmediata». Álvaro Uribe, fundador y líder del partido de derecha Centro Democrático, se convirtió el 1 de agosto pasado en el primer expresidente colombiano en ser condenado penalmente, luego de que Heredia lo hallara culpable por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal en el llamado ‘juicio del siglo’ en Colombia, un caso que él mismo inició en 2012. Tres días después de conocer la pena, la defensa del exmandatario presentó ante el Tribunal Superior de Bogotá una acción de tutela (recurso de amparo) solicitando su libertad, al considerar que la jueza vulneró sus derechos fundamentales. El equipo jurídico cuestionó, entre otros, que la magistrada justificara la detención inmediata de Uribe con la necesidad de garantizar «la preservación de la convivencia pacífica y armónica entre los ciudadanos», argumentó que la defensa calificó de ambiguo y carente de sustento, constituyendo una «motivación aparente». La Sala falló a favor de la defensa del expresidente, pero desestimó un recurso similar presentado por el Centro Democrático, al considerar que no demostró cómo la restricción de la libertad de su líder afectaba derechos fundamentales propios o de la organización política. El fallo señala que en los recursos de apelación se cuestionaron varios comentarios y decisiones del proceso que «presuntamente develan que la juez y fiscal actuaron con parcialidad, abuso de funciones, irrespeto, defendiendo intereses políticos e ideológicos, y con animadversión hacia el ciudadano y expresidente procesado», aunque aclaró que esos señalamientos deberán resolverse en la segunda instancia y no en esta tutela.

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Tenista peruano Ignacio Buse avanza en la etapa clasificatoria del US Open

El tenista peruano Ignacio Buse (136º ATP) debutó con triunfo en la primera ronda de la ‘qualy’ del US Open tras superar por 2-1 al austríaco Lukas Neumayer (158º). La primera raqueta nacional se quedó con un trabajado primer set por 7-6(2) en 58 minutos de juego. En el segundo parcial, nuevamente se tuvo que definir en ‘tie-break’, pero esta vez la ventaja fue para Neumayer, quien se impuso por 7-6(5) en una hora y 3 minutos, en un set en el que incluso necesitó asistencia médica por una molestia física. Ya en el decisivo tercer set, Ignacio Buse mostró solidez y no tuvo mayores inconvenientes para imponerse por un claro 6-1, cerrando la victoria en apenas 36 minutos. Con este resultado, el peruano de 21 años avanza a la segunda ronda de la etapa clasificatoria donde enfrentará al japonés Rei Sakamoto (200º) que se impuso por 6-4, 5-7 y 6-7 al estadounidense Tyler Zink. Así ‘Nacho’ busca seguir acercándose a su primer cuadro principal de un Grand Slam.

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Deportivo Binacional descenderá a Liga 2 por decisión de un juez de Puno

Deportivo Binacional tendrá que jugar en la Liga 2 luego de que la Corte Superior de Justicia de Puno emitiera una resolución con la que se desestima la medida cautelar que ordenaba a la Federación Peruana de Fútbol (FPF) reintegrar a dicho club a la Liga 1 2025. Como se recuerda, en diciembre de 2024, la misma corte concedió un fallo a favor de Deportivo Binacional, ordenando su reintegración a la Liga 1 debido a que la FPF no ejecutó las sanciones contra Sport Boys en el campeonato del año 2022. Sin embargo, con la nueva decisión judicial, Binacional quedaría automáticamente fuera del torneo profesional peruano, y solo se esperaría la resolución final de la FPF que oficialice esta decisión. De acuerdo con el reglamento, si un club es incorporado a la Liga 1 por mandato judicial y luego esta decisión se revoca, todos los partidos que haya disputado hasta la fecha de su retiro «serán declarados nulos». Además, no se le asignarán puntos ni goles a ninguno de los equipos que hayan participado en dichos encuentros. Sin embargo, el reglamento también estipula que los partidos eliminados corresponderán únicamente en la etapa del campeonato que se encuentre en curso. Es decir, para este caso de Deportivo Binacional, sería el Torneo Clausura. Asimismo, todos los partidos pendientes se cancelarán, sin que se atribuyan puntos ni goles a sus eventuales rivales.

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Crece tensión entre Trump y Maduro por militares norteamericanos en la frontera venezolana

El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, anunció la movilización de cuatro millones de militares de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, además de la activación de “todos los mecanismos necesarios” para garantizar la soberanía de su país. Esto en respuesta al despliegue de tres destructores, aviones y submarinos de Estados Unidos cerca de la frontera venezolana, una decisión de Donald Trump supuestamente para el combate del narcotráfico. Según Trump, Maduro es el cabecilla del ‘Cártel de los Soles’, por lo que ha duplicado el precio de la recompensa por entregarlo a Estados Unidos: ahora el monto asciende a 50 millones de dólares. “Milicias preparadas, activadas y armadas”, dijo Nicolás Maduro en un encuentro político televisado con los dirigentes del Partido Socialista Unido de Venezuela en las zonas exteriores del Teatro Teresa Carreño. “Y además, vamos a seguir avanzando en el plan de activación de las milicias campesinas y de las milicias obreras, con los cuerpos de combatientes obreros en todas las fábricas y centros de trabajo del país”, prometió. Hace dos semanas, Trump ordenó al Pentágono utilizar las fuerzas armadas para hacer cumplir la ley a los cárteles extranjeros de narcotraficantes. La orden emitida por el republicano el 8 de agosto proporcionaba una base oficial para emprender operaciones militares directas contra estos grupos en territorio extranjero y en las aguas territoriales correspondientes. La movilización de destructores estadounidenses en el límite de las aguas territoriales venezolanas ha encendido, una vez más, la llama del nacionalismo bolivariano. Diosdado Cabello, ministro del Interior y de Justicia y número dos del gobierno chavista, ha declarado que en las filas revolucionarias también hay estado de alerta: “Nosotros también estamos desplegados, en el Mar Caribe, en nuestro mar territorial venezolano, para defender nuestra soberanía”. Cabello ha rechazado que Venezuela sea un país productor o distribuidor de drogas, y ha dicho que la DEA (la agencia federal antinarcóticos de Estados Unidos) es “el único cartel de drogas que opera a la luz de todo el mundo”. “Les molesta que hayamos derrotado al narcotráfico, que hayamos exterminado a las bandas criminales en el país”, ha dicho, por su parte, el ministro Padrino López.

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TC establece que Dina Boluarte no puede ser investigada hasta que acabe su mandato

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) falló a favor del gobierno de Dina Boluarte y estableció, por mayoría, que el Ministerio Público no puede investigar penalmente a un presidente de la república en funciones. Con esta decisión, los magistrados del TC cerraron la puerta a los procesos que la mandataria enfrenta en sede fiscal por delitos cometidos durante su gestión, incluido el de las muertes registradas en las protestas sociales. La sentencia del TC interpreta que el artículo 117 de la Constitución limita cualquier acción penal contra el presidente exclusivamente al Congreso de la República. Esta interpretación otorga inmunidad política y penal a Boluarte, blindándola de las investigaciones fiscales en curso y sentando un precedente que podría beneficiar a futuros jefes de Estado en situaciones similares. El fallo representa un duro golpe a los esfuerzos del Ministerio Público por esclarecer los presuntos crímenes cometidos durante las protestas sociales de 2022 y 2023, así como a las investigaciones por enriquecimiento ilícito vinculadas al caso ‘Rolex’, y por abandono de funciones señaladas en el caso ‘Cirugías’. La demanda competencial fue presentada por el gobierno en 2024 tras el inicio de varias investigaciones contra Boluarte. El proceso ante el TC fue respaldado por el defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, quien señaló que la Fiscalía vulneraba el orden constitucional al investigarla sin autorización del Parlamento. La resolución cuenta con las firmas de la presidenta del TC, Luz Pacheco, y los magistrados Domínguez Haro, Morales Saravia, Ochoa Cardich y Hernández Chávez. Por su parte, Monteagudo Valdez y Gutiérrez Ticse votaron en contra.

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Buenaventura dice que el proyecto minero El Algarrobo no afectará a la población en Piura

La Compañía de Minas Buenaventura aseguró que el proyecto minero El Algarrobo operará en el centro poblado Locuto, Tambogrande (Piura), sin desplazar población y con una mina subterránea de bajo impacto ambiental. Según Raúl Benavides, dueño de la empresa, a diferencia de iniciativas pasadas como Manhattan, esta propuesta no contempla un tajo abierto y, además, busca asegurar beneficios para agricultores de la margen izquierda del río Piura. Benavides explicó que la iniciativa contempla la generación de agua subterránea que, luego de un proceso de tratamiento, abastecerá a Locuto y a los agricultores locales. Además, se proyecta un plan de encauzamiento del río Piura para mitigar riesgos de inundación en Tambogrande, a través del mecanismo de Obras por Impuestos. El proyecto minero El Algarrobo, en Piura, se desarrollará en tres etapas: estudios de agua y acuerdos sociales durante tres años; la construcción del plan hídrico y exploraciones en un plazo de cinco años; y finalmente la gestión de permisos para operar una mina con una profundidad mínima de 150 metros. En su exposición en la Cámara de Comercio de Piura, Benavides afirmó que El Algarrobo puede dinamizar la economía regional al generar entre tres y ocho empleos indirectos por cada puesto formal. Asimismo, subrayó que la región Piura aún requiere inversiones sostenidas para reducir de manera significativa sus niveles de pobreza.

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Así operaba Gregorio Paico: El abogado condenado por tráfico de influencias en Piura

La Corte Superior de Justicia de Piura dictó una sentencia de 3 años y 6 meses de pena privativa de la libertad para el abogado Gregorio Paico Sernaqué (49), al encontrarlo responsable del delito de corrupción, en la modalidad de tráfico de influencias. La resolución judicial se logró a través de la conclusión anticipada, un mecanismo mediante el cual una persona investigada en sede fiscal reconoce el delito imputado y la pena requerida, con el objetivo de acelerar el proceso y acogerse a un beneficio en el plazo de la pena. La investigación del caso estuvo a cargo de la fiscal provincial Fyorella Montero y del fiscal adjunto José Aurelio Jiménez Moscol. Ambos aportaron evidencias documentales, testimonios, recibos de pago y conversaciones de WhatsApp que corroboraron el comportamiento ilícito del abogado. Según la investigación fiscal, Gregorio Paico Sernaqué pidió 6000 soles a su patrocinado indicándole que esta suma de dinero sería entregada a una fiscal de Castilla, en P iura, para favorecerlo ilegalmente en un procedimiento en curso. Además, solicitó otros 500 soles adicionales con el fin de cubrir supuestos pagos a policías que se negaban a declarar. La investigación comenzó con un acta fiscal del 4 de diciembre de 2024, donde se registró la denuncia del patrocinado, quien reveló las exigencias de dinero hechas por el abogado piurano en el contexto del procedimiento llevado a cabo contra el presunto homicida de su hijo. Tras el juicio, como parte de la sentencia condenatoria, también se dispuso para Gregorio Paico la inhabilitación profesional por seis meses, junto con el pago de 8000 soles de reparación civil a favor del Estado y otros 2325 soles por días multa.

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Corte Suprema confirma que Pedro Castillo seguirá con prisión preventiva

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema rechazó por unanimidad, el recurso de apelación presentado por el expresidente Pedro Castillo contra el fallo judicial que declaró infundado su pedido para cesar la prisión preventiva que lleva debido al presunto delito de rebelión.  Hugo Yataco Perez, abogado del exjefe del Estado, sostuvo en audiencia que no hay suficientes elementos de convicción para sostener la medida contra su patrocinado. Además, argumentó que esta fue solicitada por fiscales adjuntos supremos, los cuales, dijo, no tienen competencia para realizar este tipo de pedidos. Por su parte, el fiscal Martin Rivas Belotti manifestó que el abogado de Pedro Castillo en ningún momento ha presentado elementos que hagan variar la situación de prisión preventiva. En ese sentido, indicó que lo único que mostró son documentos que acreditan que al juicio oral han asistido varios fiscales adjuntos supremos, pero no cambia eso la fundamentación por la que se le envió a la cárcel al expresidente. Por el delito de rebelión, el Ministerio Público ha pedido que se imponga al exmandatario la pena de 34 años así como su inhabilitación por tres años y seis meses para ejercer cargo públicos tras su intento de golpe de Estado sucedido el pasado 7 de diciembre del 2022.  Además de Castillo hay otros seis procesados más por este caso: Betssy Chávez, quien era la presidenta del Consejo de Ministros en el momento del intento de autogolpe; Willy Huerta Olivas, quien era ministro del Interior, y Aníbal Torres Vásquez, ex primer ministro y que ocupaba el cargo de asesor.

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